Avances en la implementación de la Res. Ex. N° 2.288 de la DGA

Gracias a los trabajos que estamos realizando en los canales que pertenecen a nuestra junta, proyectamos un cumplimiento total de las obligaciones.

Jueves 13 de mayo de 2021: Hace cuatro meses se publicó el el Diario Oficial la Res. Ex. N°2.288, de la DGA, que ordena a los titulares de DDAA de aguas superficiales, cuyos puntos de captación están en la cuenca del Aconcagua, instalar y mantener sistemas de medición y de transmisión de extracciones efectivas.

Los plazos para la instalación de los sistemas varían de acuerdo con el caudal y el tipo de derecho, siendo el más próximo a vencer aquel para caudal igual o mayor a 1000 l/s, en el caso del uso consuntivo; y a 5000 l/s en el caso de uso no consuntivo. En ambos casos, la fecha tope es el 15 de enero de 2022.

Gracias a los trabajos que estamos realizando en los canales que pertenecen a nuestra junta, proyectamos un cumplimiento total de las obligaciones.